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Actividades 2003

Proyecto Piloto de un Portal de Información Ambiental en Materia de Contaminación Atmosférica
+ info: www.fisicaysociedad.es
La información ambiental es un amplio concepto que incluye no sólo la información referente a la calidad de nuestro entorno y las sustancias potencialmente contaminantes, sino también a las medidas que gobiernos y empresas toman para proteger el medio ambiente, a las actividades que lo afectan, así como a los análisis económicos relativos a estas medidas y actividades, a la legislación aplicable y los informes sobre su cumplimiento, al estado de la salud y seguridad de las personas, cuando esté afectado por su entorno.

El derecho a la información ambiental

El 31 de diciembre de 1992 entró en vigor la Directiva Europea sobre libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente, de 7 de junio de 1990 (transpuesta a legislación nacional a través de la Ley 38/1995, de 12 de diciembre), con el objetivo de garantizar la libertad de acceso y difusión de la información sobre el medio ambiente, en poder de las autoridades públicas, a todas aquellas personas físicas o jurídicas que la reclamen.

Esta directiva refleja la filosofía adoptada por la UE de facilitar el acceso, sin obstáculos y sin tener que dar cuenta del porqué de nuestro interés, a la información que nos permite conocer el entorno en que vivimos y las actuaciones que las Administraciones públicas desarrollan en el mismo. Este derecho es la base sobre la que debe apoyarse la participación ciudadana, otra de las líneas estructurales de la normativa europea en materia de medio ambiente
.
Este mismo año ha sido aprobada de la Directiva 2003/4/CE relativa al acceso del público a la información ambiental, en donde se entenderá por información medioambiental toda información en forma escrita, visual, sonora, electrónica o en cualquier otra forma material sobre:

a) la situación de elementos del medio ambiente, como el aire y la atmósfera, el agua, el suelo, la tierra, los paisajes y espacios naturales, incluidos los humedales y las zonas marinas y costeras, la diversidad biológica y sus componentes, incluidos los organismos modificados genéticamente, y la interacción entre estos elementos;

b) factores como sustancias, energía, ruido, radiaciones o residuos, incluidos los residuos radiactivos, emisiones, vertidos y otras liberaciones en el medio ambiente, que afecten o puedan afectar a los elementos del medio ambiente citados en la letra a);

c) medidas (incluidas las medidas administrativas) como políticas, normas, planes, programas, acuerdos en materia de medio ambiente y actividades que afecten o puedan afectar a los elementos y factores citados en las letras a) y b), así como las actividades o las medidas destinadas a proteger estos elementos;

d) informes sobre la ejecución de la legislación medioambiental;

e) análisis de la relación coste-beneficio y otros análisis y supuestos de carácter económico utilizados en el marco de las medidas y actividades citadas en la letra c);y

f) el estado de la salud y seguridad de las personas, incluida, en su caso, la contaminación de la cadena alimentaria, condiciones de vida humana, emplazamientos culturales y construcciones, cuando se vean o puedan verse afectados por el estado de los elementos del medio ambiente citados en la letra a) o a través de esos elementos, por cualquiera de los extremos citados en las letras b) y c).

Sin embargo a pesar de todos estos esfuerzos realizados, el derecho a acceder a la información ambiental es desconocido por la mayoría de la población que no hace, por tanto, uso del mismo.

Ni siquiera los profesionales del sector ambiental consideran fácil el acceso a la información ambiental en nuestro país (más de un 60% de los encuestados en el VI CONAMA consideran que el acceso a la información ambiental es malo, aunque la calidad de la información se valora más positivamente). Esto se debe a que la información existe, pero se encuentra dispersa y mal organizada.

Información en materia de contaminación atmosférica

Esta política informativa también se ha ido recogiendo en materia de contaminación atmosférica a través de las distintas directivas y disposiciones. Así:

- la Directiva 96/62/CE sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, conocida como “Directiva Marco”,

- la Directiva 92/72/CEE sobre contaminación atmosférica por ozono,
- la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre ozono en el aire ambiente,

- la Directiva 1999/30/CE relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas y plomo en el aire ambiente, también conocida como “Directiva Hija de calidad del aire nš1”,

- la Directiva 2000/69/CE relativa a los valores límite de benceno y monóxido de carbono en el aire ambiente, también conocida como “Directiva Hija de calidad del aire nš2”,

- la Directiva 2002/3/CE relativa al ozono troposférico, también conocida como “Directiva Hija de calidad del aire nš3”,

- la Directiva IPPC (Directiva de Control Integrado de la Contaminación).Directiva 96/61/CE, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación que tiene objeto regular y controlar, de forma integrada, las emisiones a los distintos medios (aire, agua, suelos y residuos) de las instalaciones de una serie de actividades industriales,

- Protocolo de Kioto (Reducción de gases de efecto invernadero), firmado en 1997, es el instrumento jurídico internacional en la lucha frente al cambio climático,

- La Directiva GIC (Directiva de Grandes Instalaciones de Combustión). Directiva 2001/80/CE sobre limitación a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de GIC,

- la Directiva TNE (Directiva de Techos Nacionales de Emisión). Directiva 2001/81/CE cuyo objetivo es el de limitar las emisiones de contaminantes acidificantes, eutrofizantes y de precursores de ozono para reforzar la protección del medio ambiente y de la salud humana frente a los riesgos de los efectos nocivos de la acidificación, la eutrofización del suelo y el ozono en la baja atmósfera.

Señalan, entre sus objetivos básicos, la necesidad de una estrategia común dirigida a disponer de información adecuada sobre calidad del aire y procurar que el público tenga conocimiento de la misma.
La información en todo caso debe ser clara, completa, comprensible y accesible.

Con objeto de cumplir los requisitos que se derivan de las directivas recientes sobre la libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente, sobre la contaminación atmosférica por ozono, sobre la evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente y sobre los valores límite de SO2, NO2, NOx, Pb, partículas, benceno y CO, los responsables de las redes de vigilancia han planteado diferentes métodos para informar al público acerca de los niveles de concentración de los distintos contaminantes y de la calidad del aire que estos niveles implican, así como diferentes vías para canalizar esta información.

Sin embargo, debido al desconocimiento general que existe sobre el tema de la contaminación atmosférica, estos datos no cumplen su objetivo en la mayoría de los casos, bien porque los propios medios de comunicación a los que se les envían no los divulgan dado el escaso interés que suscitan, o bien porque el público al que llegan no está preparado para interpretarlos.

Es por esta razón por la que el Colegio de Físicos se ha planteado la realización de este proyecto piloto con la intención de acercar y facilitar al público, tanto especializado como no, la manera de acceder a la información que a veces no es tan obvia.

Es clara la necesidad de que todos estemos informados del medio que nos rodea y de cómo estamos trabajando para mejorarlo de forma que nos permita valorar las actuaciones que en nuestro país se están desarrollando al respecto.

En materia de acceso a la información ambiental en España se observa un gran desconocimiento mutuo entre los que demandan -o supuestamente deberían demandar- información sobre el medio ambiente y los que la ofrecen -o tienen la obligación de ofrecerla.

Todo esto es de especial importancia ahora que con la nueva directiva se amplía la responsabilidad de poner a disposición del público la información ambiental no sólo a las administraciones ambientales, sino a la mayoría de las Administraciones y a ciertas empresas, y se hace patente, por tanto, la necesidad de una política activa de concienciación y cambio de mentalidad.

Objetivos de la actuación

Dentro de la red de portales Física y Sociedad, el Colegio Oficial de Físicos está realizando un portal temático sobre información ambiental en materia de contaminación atmosférica.

Los objetivos principales perseguidos son los siguientes:

· Ofrecer a la población información fiable, estructurada, completa e interesante relacionada con este tema de gran interés público desde el punto de vista científico.

· Desarrollar una buena referencia en materia de medio ambiente para profesionales, empresas, medios de comunicación y población en general.

· Presentar al público el estado de la situación en España de los sistemas de información ambiental en contaminación atmosférica.

· Difundir la información ambiental en materia de contaminación atmosférica, además de poner en conocimiento del usuario los medios técnicos para conseguirla.

El proyecto está basado en un análisis de las redes de vigilancia de las distintas Comunidades Autónomas, los datos que ofrecen y la información general que se puede encontrar en sus respectivas páginas web.

Según esto se ha organizado el portal en una serie de categorías principales que nos darán información sobre: Los principales contaminantes, los sistemas de información y las redes de vigilancia de distintos organismos así como de los datos que los gestores ponen a disposición del usuario. Una parte importante del análisis de la contaminación atmosférica es la normativa que tendrá un espacio propio en el apartado de legislación.

El acceso a la información final en el caso de no ser un acceso directo, será guiado, es decir al usuario se le indicarán los pasos a seguir para encontrar lo que busca, ya que en muchas ocasiones no es posible dar la dirección de la página donde esta alojada.

Para cualquier información adicional o sugerencia contacta con nosotros en correo@cofis.es

 

 

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